
En el estado de Puebla se podría castigar hasta con 7 años de prisión a todo aquél que comercialice, distribuya o transporte vacunas contra la Covid-19 apócrifas, alteradas o contaminadas.
Así lo anunció el gobernador del estado de Puebla, Luis Miguel Barbosa Huerta, quien refirió que en las próximas horas presentará al Congreso local una iniciativa de reforma al Código penal del estado para tipificar como delito específicamente el lucro con las vacunas.
De acuerdo al mandatario estatal, con esta reforma se busca proteger a los poblanos ante un posible daño por parte de aquellos que ven en las vacunas una oportunidad de obtener ingresos a través del engaño y con productos apócrifos.
De acuerdo al Consejero Jurídico Ricardo Velázquez, la reforma contempla la adición de la fracción XXI al artículo 404, donde se tipifica este delito, mientras que en la fracción V al artículo 403 se establecen entre 5 a 7 años de prisión como castigo.
La reforma al artículo 404 establece castigo penal “A la persona que venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte sustancias que se ofrezcan como vacunas contra el virus Sars-CoV-2 (covid-19) y estén falsificadas, alteradas, contaminadas o adulteradas, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o a las que vendan y entreguen sustancias falsas que no estén autorizadas por la Comisión Nacional de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), o que siendo verdaderas, reales y autorizadas, no se entreguen”.
En la adición al artículo 403 se establece que “Aquellas personas que cometan estas conductas se les impondrá de 5 a 7 años de prisión, la presente sanción se incrementará la mitad cuando el delito lo cometa un profesional de la salud y con la suspensión de su cédula profesional y/o licencia comercial por 10 años para el derecho de ejercer su profesión o comercio”.