Penas de 1 a 3 años de prisión por discriminar a pacientes con Covid 19, enfermeras y médicos en Puebla

Foto: Melanie Isahmar Torres Melo

Jesús Lemus/@chucho_lemus1

La discriminación en el estado de Puebla para personas contagiadas por el Coronavirus, incluso para quienes estén en su circulo más cercano de los pacientes, llámese enfermeras o familiares, se castigará de 1 a 3 años de prisión, además de una multa que llegaría a los 61 mil 610 pesos.

Cabe señalar que las redes sociales se presentan reportes sobre la discriminación que viven algunas enfermeras de La Margarita, que no son levantadas por las Rutas 55 o Creemadero para trasladarlas a este nosocomio, por el miedo de que contagien a los pasajeros.

Ante este escenario, el artículo 357 del Código Penal de Puebla, establece que todo aquel por condiciones de salud o apariencia física, será sancionado con los años de cárcel, siempre y cuando exista la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General del Estado (FGE).

“Se aplicará prisión de uno a tres años y de cien a quinientos días de multa a todo aquél que, por razón del origen étnico o nacional, raza, género, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, preferencias sexuales, apariencia fisica, estado civil, creencia religiosa, ideología política, opiniones expresadas o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, la libertad o la igualdad”.

Para calificarlo como discriminación, explica el mismo Código Penal de Puebla, la presunta victima no deberá recibir un servicio o una prestación a la que tenga derecho, como es el caso del transporte público por el cual paga 8.00 u 8.50 pesos, respectivamente.

“Quien niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho. Para los efectos de esta fracción, se considera que toda persona tiene derecho a los servicios o prestaciones que se ofrecen al público en general”.