Morena afirma que fallo del TEPJF sobre violencia electoral no afecta su impugnación

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Redacción

La Sala Regional de la Ciudad de México emitió un boletín respecto de los que tuvo a bien resolver el día de ayer 27 de julio del presente.
En dicho boletín sin precisar los asuntos señala que en el caso de los recursos de inconformidad presentados contra los resultados del distrito electoral federal 11, si bien se acreditaron hechos de violencia en un total de 32 casillas del Distrito Electoral Federal 11 en Puebla, que ocasionaron la suspensión de la votación, tales hechos no fueron determinantes para decretar la nulidad de la elección al no trascender de manera significativa en inhibir el sufragio de la ciudadanía, ya que el carácter cívico de la población correspondiente hizo que las actividades se reanudaran con relativa celeridad y que las personas continuaran votando, logrando una importante participación ciudadana en la elección.
A lo anterior cabe precisar lo siguiente:
1.- Los recursos de inconformidad en contra de los resultados del Distrito Electoral Federal 11, fueron presentados por los Partido Revolucionario Institucional y Nueva Alianza, bajo el número de expedientes registrados por la Sala Regional de la Ciudad de México como SCM-JIN-16/2018 y SCM-JIN-17/2018 respectivamente. Sin que tengan que ver con los recursos promovidos por el partido MORENA.
2.- Las impugnaciones de ambos partidos atacan el resultado de la elección en el distrito de manera numérica, al impugnar un resultado del cómputo distrital.
3.- Dichas impugnaciones atacan el cómputo distrital sin que se solicitara la nulidad de la elección.
4.- La resolución dictada por la Sala Regional de la Ciudad de México, no tiene relación alguna con la impugnación presentada en contra de la elección de gobernador por Miguel Barbosa Huerta candidato de la Coalición Juntos Haremos Historia y el partido MORENA.
5.- El recurso de inconformidad presentado por Miguel Barbosa Huerta candidato a gobernador de la Coalición Juntos Haremos Historia y el partido MORENA, se encuentran remitidos en el Tribunal del estado esperando sean turnados a la ponencia de uno de los magistrados que componen dicho tribunal.
6.- El recurso de inconformidad presentado en contra de la elección de gobernador por Miguel Barbosa Huerta candidato a gobernador por la Coalición Juntos Haremos Historia y el partido MORENA a diferencia de los recursos presentados por el PRI y Nueva Alianza, no solo versan sobre violencia de las casillas de un distrito electoral, sino, la violencia generalizada en varias casillas del estado que provocó la suspensión definitiva de la participación de la ciudadanía, el robo de urnas, la quema de las mismas, violencia contra los funcionarios de casilla y los votantes, el uso de un vehículo de uso oficial del estado para vandalizar centros de votación, robar urnas y a través de uso de arma de fuego agredir, lesionar e intimidad a los votantes provocando disturbios y violencia, así como, la participación del órgano electoral del estado el cual manipuló y alteró documentación oficial (actas y paquetes electorales) durante la jornada electoral y el cómputo de la elección a gobernador particularmente; entre otros elementos que se encuentra en las impugnaciones presentadas y con las que acreditamos la violación a diversas disposiciones normativas y principios por los que debe anularse la elección a gobernador.
7.- Una vez emitida la resolución del Tribunal Local, esta puede ser recurrida ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sin que la resolución de la Sala Regional genere precedente alguno conforme a la decisión de las instancias resolutoras competentes.
8.- Por último, es responsable precisar que se trata de una impugnación en contra de un distrito electoral federal por razones de cómputo, sin que esta tenga relación alguna en lo planteado en el recurso de inconformidad presentado en contra de la elección de gobernador por Miguel Barbosa Huerta candidato de la Coalición Juntos Haremos Historia y el partido MORENA, al ser las pretensiones distintas.