Ley Agnes no contempla pedir tratamientos quirúrgicos para cambiar documentos… El viernes sale en comisiones


La Ley Agnes que consiste en el cambio de datos en documentos oficiales para las personas transgénero, no obligará a este sector de la población procedimientos quirúrgicos, terapias u otro diagnostico de modificación corporal, además de fijar que si existe alguna situación jurídica, ésta deberá cumplirse por la persona sin importar que haya cambiado de identidad.

Así se refleja en el proyecto al que obtuvo acceso Contrastes de Puebla y que se encuentra en las comisiones de Gobernación y Procuración de Justicia, mismas que sesionarán este viernes para sacar el proyecto.

En el documento que debió avalarse este 15 de febrero como parte de los acuerdos con las feministas, se establece que se modificará el artículo 875 del Código Civil, donde se fija que los interesados en el cambio de identidad sexo genérica, no tienen que demostrar cirugías, procedimientos terapéuticos, con el fin de evitar daños a la integridad humana.

Quien esté interesado en cambiar los datos en documentos oficiales, se deberá comprobar nacionalidad mexicana, mayoría de edad, especificar el género sin apellidos, además de acta de solicitud de Registro Civil, copia certificada del acta de nacimiento, credencial para votar y carta donde se exprese que sin algún tipo de presión se desea concretar el proceso.

También se explica que cualquier acto jurídico y sus consecuencias, no se extinguirán por el reconocimiento de la identidad de género sexo genérica, por lo que existirán hasta las últimas consecuencias penales.

“Dicho reconocimiento se solicitará y llevará a cabo ante la Dirección del Registro Civil del Estado o ante la autoridad del registro civil del municipio o localidad en donde se haya declarado el nacimiento de la o el solicitante, según su interés y conveniencia, previo cumplimiento de las formalidades establecidas en el presente ordenamiento y la reglamentación correspondiente, para lo cual no será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico o procedimiento de modificación corporal o de apariencia física, incluyendo la vestimenta, modo de hablar, modales, ni ninguna otra condición que dañe la dignidad humana”, refiere el proyecto.