Hasta seis años de prisión pasarán sujetos que abandonen a embarazadas

SDP Noticias

El hombre que abandone a una mujer embarazada, y que esté acreditado legalmente como el padre, recibirá de uno a seis años de prisión y una multa de 180 a 360 cuotas, es decir, de 15 mil 638 hasta 31 mil 276 pesos.El Congreso de Nuevo León aprobó el 9 de diciembre una reforma al artículo 280 del Código Penal estatal, propuesta por el legislador priista Jorge de León Fernández.

La ley señala que se deberá acreditar la paternidad, ya que las y los niños tienen el derecho de ser educados emocionalmente, de manutención, de tener un nombre con la documentación legal que identifique a ambos padres, servicio médicos, hereditarios, entre otros

Con la aprobación, el artículo 280 queda de la siguiente manera:

“Al que sin motivo justificado incumpla sus obligaciones alimentarias respecto de sus hijas e hijos, cónyuge, mujer embarazada que acredite legalmente la paternidad, personas con discapacidad, adultos mayores o los sujetos de interdicción, se le impondrá pena de prisión de uno a seis años y multa de 180 a 360 cuotas”
Código Penal de Nuevo León

La reforma aprobada en Nuevo León también señala que quien incumpla perderá los derechos de patria potestad, tutela, hereditarios o alimentos; además, deberá pagar, como reparación del daño, las cantidades no suministradas oportunamente.

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